Constitución Política de la República de Chile
Santiago, 17 de septiembre de 2005
DECRETO SUPREMO Nº 100
Artículo 1º
Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos.
La familia es el núcleo fundamental de la sociedad.[1]
El Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios
a través de los cuales se organiza y estructura la sociedad
y les garantiza la adecuada autonomía
para cumplir sus propios fines específicos.
El Estado está al servicio de la persona humana
y su finalidad es promover el bien común,
para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales
que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional
su mayor realización espiritual y material posible,[2]
con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece.
Es deber del Estado resguardar la seguridad nacional,
dar protección a la población y a la familia, propender al fortalecimiento de ésta,[3]
promover la integración armónica de todos los sectores de la Nación
y asegurar el derecho de las personas a participar
con igualdad de oportunidades en la vida nacional.[4]
COOPEF
COOPERATIVA DE PROFESIONALES Y EMPLEADOS FISCALES DE CHILE
PRESENTACION DEL PROYECTO
[1] Consolida, establece y constituye formalmente la idea de FAMILIA, como base social.
[2] Fundamente las razones por las cuales el ESTADO debe fomentar el desarrollo humano.
[3] La FAMILIA es la base de la SEGURIDAD NACIONAL, y requiere de apoyo estatal.
[4] Para lo cual establece IGUALDAD DE OPORTUNIDADES, en todos los ámbitos.
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